¿TENGO DERECHO A DEVOLVER UNA PRENDA QUE HE COMPRADO Y NO ME QUEDA BIEN? ¿SI LA DEVUELVO, TENGO QUE PAGAR EL PORTE? ¿PUEDE HACER CADA TIENDA LO QUE QUIERA?¿ME PUEDEN DAR UN VALE EN LUGAR DEL DINERO?
Ultimamente he leído algunos análisis en blogs sobre tiendas de blogueras famosas, generándose cierto debate acerca de si las páginas de ventas analizadas cumplen determinadas obligaciones legales. Son muchas las preguntas pero poco claras las respuestas.
Como algunos ya sabéis, soy abogada de profesión, así que me ha parecido una buena idea tratar de precisar ciertas cuestiones. Debo aclarar que no me voy a referir a ninguna tienda en concreto, no es esa la intención, sino dar algunas respuestas que sirvan con carácter general y los ejemplos son totalmente inventados, de modo que. todo parecido con la realidad es puritita coincidencia.
Las ventas realizadas por internet realizadas por una empresa (ojo, sólo si se trata de una empresa) se encuadran dentro de un tipo de contratos que se llaman a distancia ya que no concurre la presencia física simultánea entre comprador y vendedor, a diferencia de la venta física. Los contratos a distancia se regulan en en una norma cuyo pomposo nombre es Texto Refundido de la Ley de Defensa de los Consumidores y Usuarios y Otras Leyes Complementarias aprobado por Real Decreto Legislativo 1//2007, de 16 de noviembre y que al que me referiré como Texto Refundido. Insisto que esta norma no se aplica a las compras entre particulares aunque se realicen a través de una plataforma.
El Texto Refundido establece una serie de obligaciones que intentaré resumir a continuación:
1.- OBLIGACIONES INFORMATIVAS. Se resumen en la obligación de insertar en la página web una información disponible para el consumidor antes de realizar la compra. De este modo, normalmente, antes de formalizar la compra tenemos que aceptar las condiciones legales pinchando una ventana activa. Así la empresa se asegura de que sabemos que existen dichas condiciones generales. Leerlas es ya nuestra responsabilidad:
Esta es la información que debe constar:
– Características delos productos
– Identidad del empresario responsable, incluido su nombre comercial. O sea, si la tienda se llama «Perica de Los Palotes shop», este sería el nombre comercial y el empresario sería por ejemplo Melania Zucar, S.L (aclaro que los nombres son inventados.
– Dirección completa de la empresa y si es necesario del empresario, teléfono y correo electrónico a efectos de que el consumidor, o sea nosotros en plan de compras, pueda comunicarse con la empresa y remitir sus reclamaciones
– Precio total de los productos incluidos los impuestos, gastos de transporte y cualquier otro (por ejemplo envoltorio de Navidad de Unicornios con la cara de Melania). Ojo al dato: nunca pueden cobrarnos nada por un suplemento no informado o no solicitado.
– Los procedimientos de pago, entrega y ejecución, fecha de entrega de los productos, siendo el máximo 30 días (ya se que con 30 días se nos pasa el arroz), y el sistema de tratamiento de las reclamaciones.
-Lengua o lenguas en que puede formalizarse el contrato. (Se refiere a idioma, no vayamos a pensar otra cosa rara)
– Si existe derecho de desistimiento (esto es el derecho a devolver el horrible vestido que me hace culona) las condiciones, el plazo, los procedimientos para ejercer este derecho y el formulario para realizarlo. Puesto que este es un tema importante y polémico me referiré a él más adelante con más detalle (porque no se tú, pero ese vestido no me lo pongo ni loca por mucho que sea de Perica de Los Palotes)
– Cuando proceda, la indicación de que el consumidor ha de asumir algún coste en caso de desistimiento.
– Cuando proceda la existencia de un mecanismo extrajudicial de resolución de conflictos. (Uff, a ver, esto es que si quiero devolver el vestido que me hace el culo picudo y tengo problemas, si puedo acudir a alguna instancia fuera de la Justicia para resolver el problema con Melania Zucar, S L )
El incumplimiento de las obligaciones informativas en relación con los costes que debe asumir el consumidor hace que éstos no sean aplicables
La prueba del cumplimiento de estas obligaciones corresponde al empresario.
2.- DERECHO DE DESISTIMIENTO O DERECHO A DEVOLVER UN PRODUCTO. El consumidor tendrá derecho a desistir del contrato durante el plazo de 14 días naturales (no se descuentan ni sábados, ni domingos, ni festivos. Ya sabéis, internet nunca duerme). El plazo se cuenta desde la recepción de los productos y no es necesario indicar el motivo porque, sinceramente, a Melania Zucar, no le interesa el tamaño o la forma de mis posaderas.
MUY IMPORTANTE: ESTE DERECHO SE PUEDE EJERCITAR AUNQUE EL PRODUCTO ESTE EN PERFECTO ESTADO. SI ESTA DETERIORADO O DEFECTUOSO SE APLICAN LOS PLAZOS DE GARANTIA QUE ES HARINA DE OTRO COSTAL. Si queréis OTRO día hablamos de esto de las garantías.
La cláusula o manifestación por la que se renuncie a éste derecho derecho o se imponga una penalización en caso de ejercicio del mismo es nula.
No se aplica este derecho a los productos por razones de higiene y en el caso de que hayan sido personalizados. (Así que no podré devolver las braguitas ni la camiseta con mis iniciales)
Si el empresario no informa al consumidor del periodo de desistimiento, éste finalizará a los 12 meses y 14 días naturales desde la entrega del producto. Si le informa durante ese tiempo el periodo de desistimiento finalizará en 14 días naturales desde la información.
Para el ejercicio del derecho de desistimiento el consumidor deberá realizar un acto inequívoco como devolver el vestido culo-pico. La prueba del ejercicio de este derecho corresponde al consumidor.
Ejercitado el derecho, el empresario deberá devolver el importe en un máximo de 14 días naturales desde que tiene conocimiento del desistimiento.
En caso de que el consumidor haya seleccionado un tipo de entrega del producto más cara que la ordinaria, en caso de desistimiento asumirá el coste de la diferencia. (Esto es un poco una bobada porque si pido transporte urgente ya se encargan de cobrármelo por adelantado, pero así lo dice la norma y así os lo cuento)
El derecho de desistimiento obligatorio no impide que la empresa establezca un plazo más largo, como ocurre en muchos casos. (Por ejemplo si la empresa Molamazo da 30 días, pues tendremos 30 en vez de 14)
Confío en que haya servido para aclarar cosillas y para haceros sonreir. Si tenéis dudas por favor, preguntadme. Y si os interesan temas como: la protección de datos en una página web, las garantías de losproductos, cláusulas de los contratos decolaboración, etc, decídmelo y voy insertando información, y alguna chorradita que otra, al respecto.
El nuevo refrán es «La letra con sonrisa entra»
NOTA: Las imágenes son de descarga libre y proceden de pixabay.com
Sobre todo, sed felices
Lo de quedarme con los pantalones que me hacen culona ni hablar! Los disenos de Perica no son lo que eran, me paso a los pantalones de Molamazo que me dan 30 dias para devolver. Y a ver cuando me ensenas la camiseta con tus iniciales, yo voy a ver si me las bordan en la tanga que me compre ayer 🙂
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Me encanta tu sentido del humor. Nos harán descuento si pedimos cinco tangas con iniciales para Reyes? (Una para cada una de nuestras chicas y nosotras). Un beso, Di
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